CEDAW
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
|
CEDAW -Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (en inglés, Comitee on the Elimination of Discrimmination Against Women) Funciones: Es un órgano de las Naciones Unidas, que proclama los derechos de las mujeres. El 18 de diciembre de 1979, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que consta de 30 arículos y, que entró en vigor el 3 de septiembre de 1981, tras su ratificación por 20 países. La Convención fue la culminación de más de 30 años de trabajo de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, órgano creado en 1946 para seguir de cerca la situación de la mujer y promover sus derechos. La Convención define el significado de igualdad e indica como lograrlo. Establece no sólo una declaración internacional de derechos para la mujer, sino también un programa de acción para que los Estados Partes garanticen el goce de éstos. Considerando que el mero hecho de la humanidad de la Mujer ha sido insuficiente para garantizar la protección de los Derechos de las Mujeres bajo los existentes estándares y mecanismos de los Derechos Humanos, la Convención ha reunido en un solo tratado de derechos humanos los instrumentos previos de las Naciones Unidas concernientes a la discriminación en base al sexo, y ha llegado más lejos, creando herramientas para eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer. La Convención requiere que los estados parte eliminen la discriminación contra la mujer en asuntos de derechos civiles, políticos, económicos y culturales. Además se establecen medidas programáticas para que los estados persigan el objetivo de alcanzar la igualdad entre hombres y mujeres. Con el fin de examinar los progresos realizados en la aplicación de la Convención, el artículo 17 de la misma, dá vida al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Este Comité está formado por 23 expertos en el campo de los Derechos de la Mujer. Son elegidos por voto de una lista de candidatos individuales, nominados por los Estados Miembros, y con una duración de sus cargos de cuatro años. Se prevee que los Estados Partes presenten al Comité, por lo menos cada cuatro años, un informe sobre las medidas que hayan adoptado para hacer efectivas las disposiciones de la Convención. Durante su perído anual de sesiones, los miembros del Comité examinan esos informes con los representantes de los gobiernos y consideran las esferas que requieren nuevas medidas nacionales. El Comité también hace recomendaciones de carácter general a los Estados Partes sobre aspectos relativos a la eliminación de la discriminación contra la mujer. Internet: http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw |